
COVID-19
Programa Estatal de Subvenciones / Préstamos para Emergencias por Desastres
La Agencia de Desarrollo Industrial de la Ciudad de Yonkers está dedicada a ayudar a que los negocios de nuestra ciudad tengan éxito y prosperen incluso durante los momentos más difíciles. El Estado de Nueva York ha creado un nuevo programa estatal de préstamos de emergencia por desastres, cuyo objetivo es apoyar la viabilidad a corto plazo tanto de pequeñas empresas como de organizaciones sin fines de lucro, con menos de 51 empleados, permitiendo que la Agencia de Desarrollo Industrial de Yonkers (“YIDA”) pueda:
- Proporcionar subvenciones de hasta $10,000 para ser utilizadas en la compra de equipo de protección personal (PPE) y/o en instalaciones para prevenir la propagación del COVID-19.
- Otorgar préstamos de hasta $25,000 a empresas afectadas negativamente por el COVID-19.
¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad?
- El negocio debe haber sido una entidad financieramente viable antes del 7 de marzo de 2020.
- El negocio debe operar dentro de la Ciudad de Yonkers.
- El negocio debe tener 50 empleados o menos, incluyendo al propietario o propietarios.
- El negocio debe haber sido afectado negativamente por el COVID-19.
¿Qué necesito para solicitar?
Deberá completar la solicitud en línea a continuación y presentar la siguiente documentación de respaldo:
- Declaración de impuestos del negocio de 2019 (o del año más reciente presentado).
- Declaración de impuestos personal de 2019 (o del año más reciente presentado).
- Estados financieros del negocio al 31/12/19
- Estados de ingresos y gastos de los últimos 12 meses.
- Carta de verificación del EIN
- Copia de la licencia de conducir o de una identificación emitida por el estado.
Subvenciones
La YIDA puede otorgar subvenciones a pequeñas empresas y organizaciones sin fines de lucro por una cantidad que no exceda los $10,000. Los fondos deberán utilizarse para la adquisición de equipo de protección personal (PPE) o para la instalación de equipos necesarios para prevenir la propagación del COVID-19.
Tenga en cuenta que solicitar cualquiera de los programas no garantiza que recibirá una subvención o un préstamo.
Al revisar una solicitud, se considerará lo siguiente con respecto al solicitante: (1) su solvencia crediticia antes del 7 de marzo de 2020; (2) el impacto negativo que el cierre ha tenido en sus operaciones y finanzas; (3) cómo planea utilizar los fondos; (4) los vínculos con la comunidad correspondiente y el impacto del solicitante en el área atendida por YIDA; (5) la garantía de que se harán esfuerzos para retener empleos durante el tiempo en que la Orden Ejecutiva 202 de 2020 permanezca en vigor; y (6) otras fuentes de financiamiento disponibles. Tenga en cuenta que las entidades elegibles en un “área altamente afectada”, según se define ese término en la Sección 854 (18) de la Ley General Municipal, recibirán prioridad en la asignación de fondos.